Por Thomas Fox
Existen múltiples formas de abordar un problema que pueden generar beneficios tanto conocidos como inesperados. Hoy celebramos una de ellas: fue un día como hoy, en 1944, cuando el presidente Franklin Roosevelt promulgó la Ley GI (GI Bill). Su propósito principal era evitar una recaída en la Gran Depresión tras el fin de la guerra, facilitar la reintegración económica de los veteranos en la sociedad estadounidense y, sobre todo, prevenir una repetición de la Marcha del Bono de 1932, cuando 20.000 veteranos desempleados y sus familias se manifestaron en Washington. La destrucción de su campamento improvisado y la dispersión violenta de los manifestantes fue un golpe reputacional para la administración Hoover y contribuyó a su derrota electoral.
Sin embargo, la Ley GI logró mucho más que estos objetivos loables. Toda una generación de veteranos (incluido mi padre) accedió a la universidad gracias a este programa. Antes de la guerra, solo entre el 10 y el 15 % de los hombres estadounidenses asistían a la universidad, pero la Ley GI abrió esa oportunidad mediante préstamos educativos, préstamos empresariales y compensaciones por desempleo. En muchos sentidos, el milagro económico estadounidense de la segunda mitad del siglo XX fue impulsado por esta emblemática iniciativa gubernamental.
Pensé en los efectos de la Ley GI en el contexto de la lucha contra el soborno y la corrupción. La Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA) es conocida por centrarse en el lado de la oferta, penalizando la conducta del pagador del soborno. Criminaliza la oferta o el pago de sobornos a funcionarios públicos extranjeros o empleados de empresas estatales. Sin embargo, por cada soborno pagado hay múltiples partes involucradas y múltiples actos ilícitos cometidos por varios actores. En términos simples: el dinero debe ir a algún lugar.
Aunque es posible esconder millones de dólares en pagos ilegales entre colchones o detrás de paredes falsas —como ocurrió recientemente en Nigeria, donde CNN reportó que la unidad anticorrupción descubrió más de 43 millones de dólares en efectivo en un apartamento de lujo en Lagos, cuidadosamente ocultos tras paneles de madera en un armario—, lo más habitual es que el dinero se lave a través de bancos.
Rebecca R. Ruiz, en un artículo del New York Times titulado “Banquero admite lavado de dinero en caso FIFA”, relató cómo Jorge Luis Arzuaga, exdirector del banco suizo Julius Baer, se declaró culpable de conspiración para lavado de dinero en el marco del escándalo de corrupción de FIFA. Arzuaga admitió haber gestionado transferencias por más de 25 millones de dólares en sobornos y pagos corruptos entre 2010 y 2015 para funcionarios de FIFA.
Esta es la primera declaración de culpabilidad entre los numerosos proveedores de servicios que facilitaron el esquema de corrupción. Julius Baer, su antiguo empleador, ya estaba bajo un Acuerdo de Procesamiento Diferido (DPA) por ayudar a estadounidenses adinerados a evadir impuestos, y ahora también está siendo investigado por su rol en el lavado de dinero vinculado a FIFA.
El lavado de dinero de Arzuaga estaba relacionado con Torneos y Competencias, firma argentina de marketing deportivo, y con Julio Grondona, histórico dirigente de FIFA y de la Asociación del Fútbol Argentino, fallecido en 2014. Como banquero suizo profesional, Arzuaga fue meticuloso en sus servicios. Ruiz señaló: “La acusación indica que el Sr. Arzuaga también organizó la distribución de fondos en cuentas de Grondona a sus herederos tras su muerte”.
En una declaración, Richard Weber, jefe de la división de investigaciones criminales del Servicio de Impuestos Internos (IRS), afirmó: “Estamos persiguiendo a los actores corruptos —incluidos funcionarios del fútbol, empresas de marketing deportivo, instituciones financieras y sus banqueros— que han violado la ley de forma intencional y criminal al lavar ganancias ilícitas. Los banqueros privados y gerentes de relaciones deberían tomar nota de la condena del Sr. Arzuaga y pensar dos veces antes de conspirar para lavar dinero”.
La declaración de culpabilidad de Arzuaga no solo abre un nuevo frente en el escándalo FIFA, sino que también pone en evidencia a los proveedores de servicios que facilitan conductas ilegales. Si los banqueros pueden ser procesados, ¿qué ocurre con otros facilitadores? Esta expansión del caso FIFA podría anunciar una nueva y bienvenida etapa en la aplicación de leyes anticorrupción.
En la lucha contra la corrupción mediante otras herramientas, The Wall Street Journal reportó recientemente en su artículo “Demanda en EE. UU. vincula acuerdo de $2.200 millones con escándalo de 1MDB en Malasia”, que el Departamento de Justicia (DOJ) presentó una demanda relacionada con la compra de la empresa energética estadounidense Coastal Energy por parte del fondo soberano de Abu Dhabi.
Se alega que 50 millones de dólares del precio de compra fueron aportados por Jho Low, presunto implicado en el saqueo del fondo 1MDB. Según los informes, por su contribución de $50 millones, una empresa fantasma controlada por Low recibió $350 millones una semana después. En la demanda de decomiso de activos, el DOJ señaló con ironía: “La base comercial para este retorno inmediato del 600 % sobre la inversión no es evidente”.
El artículo del WSJ añade que la demanda “presenta alegaciones detalladas de que, en 2013 y 2014, fondos presuntamente robados de 1MDB fueron canalizados a través de cuentas bancarias y empresas fantasma para financiar parcialmente la compra de Coastal Energy, firma con sede en Houston controlada entonces por el legendario empresario petrolero texano Oscar Wyatt Jr.”.
La demanda busca incautar las ganancias del acuerdo, pero no los activos de Coastal. Además, “El Departamento de Justicia está interesado en el acuerdo porque sostiene que los $50 millones invertidos por Low provienen originalmente de 1MDB. El martes, el DOJ solicitó la incautación de una propiedad en Londres que, según afirma, fue adquirida con parte de los $350 millones obtenidos del acuerdo. El DOJ ha interrogado a personas involucradas en los últimos meses, según fuentes cercanas a la investigación”.
Esta demanda de decomiso de activos también es reveladora: las empresas deben conocer no solo con quién hacen negocios, sino también el origen de los fondos que sustentan una transacción. Este requisito, conocido en el sector bancario como Know Your Customer (KYC), y aplicado en investigaciones de socios comerciales y agentes de ventas, ahora se extiende a adquisiciones corporativas. Este nuevo enfoque debería alertar a todos los profesionales de cumplimiento y asesores empresariales sobre la procedencia de los fondos y la estructura de propiedad de los compradores.
tfox@tfoxlaw.com.
© Thomas R. Fox, 2017



