El enfoque de derechos humanos que la Comisión contra la Corrupción de la ONU ha intentado aplicar a todo procedimiento judicial se ha convertido en un asunto polémico dentro del debate sobre las estrategias anticorrupción, más allá de la discusión sobre si la corrupción vulnera o afecta los derechos humanos. Ha existido una actitud ambivalente por parte del Sur Global al referirse a los derechos humanos, a los que han calificado, con mayor precisión, como “derechos humanos occidentales”.
La crítica se fundamenta en el relativismo cultural, ideológico o económico, señalando que las estrategias anticorrupción propuestas por la Comisión de la ONU han sido diseñadas e implementadas siguiendo un modelo “occidental” específico, que —según esta visión— se impone de manera unilateral. Se afirma que el diseño mismo de dichas estrategias responde a una agenda neoliberal que busca rechazar un modelo estatal intervencionista y excesivamente burocratizado.
Además, la crítica sostiene, por un lado, que los programas y estrategias anticorrupción se enfocan exclusivamente en los intereses económicos de los propietarios y del capital, lo que evidencia un discurso moral doble. Por otro lado, se argumenta que definir la corrupción como “un mal” proviene de un modelo de desempeño del sector público estatal y de los méritos de sus funcionarios.
Sin embargo, esta definición desestima las sociedades estructuradas en torno a relaciones familiares y de clan, que subsisten mediante el intercambio de favores y la asignación de cargos oficiales a miembros de la comunidad. Se alega que principios como la lealtad y la reciprocidad —fundamentales en la interacción de estas comunidades— no son considerados, y se ven reemplazados por axiomas meritocráticos occidentales y un tratamiento igualitario superficial.
La crítica también señala que el enfoque de derechos humanos promueve una forma de imperialismo legal y cultural al momento de diseñar estrategias anticorrupción, convirtiéndose en otro mecanismo para defender los mismos intereses de aquellos a quienes se pretende combatir.
No obstante, investigaciones realizadas por economistas y antropólogos sugieren que tales afirmaciones son relativas, dado que las estrategias anticorrupción pueden incorporar un enfoque de derechos humanos. Afirmar que dichas estrategias y perspectivas son hegemónicas, impositivas y propias de una tradición dominada por Estados Unidos parece más bien un intento de validar el modus operandi y las prácticas de élites cuyo poder se ve amenazado por el Estado de derecho.



